Hermeneusis del derecho de las futuras generaciones en la sentencia STC 4360-2018

Autores/as

  • Tirson Mauricio Duarte Molina Universidad de San Buenaventura
  • Leonardo Sabogal Murcia Universidad del Valle https://orcid.org/0000-0002-6441-2018
  • Valeria Rivas Rodríguez Universidad de San Buenaventura

DOI:

https://doi.org/10.21615/cesder.7992

Palabras clave:

derechos de las futuras generaciones, derechos colectivos, interpretación correctiva, paradigma antropocentrista

Resumen

Los Estados han abordado los derechos de las futuras generaciones identificando que si bien se ha dado algún desarrollo normativo gran parte de este ha tenido lugar en el nivel internacional siendo los jueces y altas cortes en su labor quienes han dado aplicación a estas normas. Aun con ello, la producción normativa en lo concerniente a los derechos de las futuras generaciones a invocado un cambio de paradigma. Ferrer Ortega (2014) plantea una muy interesante discusión respecto de estos derechos que van más allá de la noción y su significante. A diferencia de otros autores, se preocupa por el contenido normativo y el desarrollo que este ha tenido, interrogando por la manera que el derecho de las futuras generaciones se ha movido entre los niveles nacional e internacional, la jerarquía, la nominación normativa, la titularidad del derecho y el bien jurídico tutelado. A su vez, la Constitución de Colombia trajo consigo, a su vez, grandes cambios en cuanto a la garantía y protección de derechos. El catálogo de derechos, a consideración propia, es uno de los mejores elementos dados en ella. En principio, un catálogo lo suficientemente explícito para el goce de la vida de los individuos en el territorio nacional teniendo en cuenta sus condiciones de existencia actual. De allí que la materialización de muchos de estos derechos sea, de corte individualista y considerando al hombre como centro de la actividad social, jurídica y política del país. Para esta investigación se pretende usar elementos hermenéuticos para realizar una interpretación correctiva desde la teoría de Ferrer Ortega a la sentencia STC4360-2018 de la Corte Suprema de Justicia.

Descargas

Los datos de descargas todavía no están disponibles.

Biografía del autor/a

Tirson Mauricio Duarte Molina, Universidad de San Buenaventura

Abogado. Magíster en Derecho y Especialista en Derecho Administrativo. Doctorando en Ciencias Sociales y Jurídicas de la Universidad Rey Juan Carlos. Coordinador del Centro de Pensamiento “Derecho, Estado y Sociedad” e investigador del GIPCODEP. Miembro de la Red Latinoamericana de Metodología de las Ciencias Sociales.

Leonardo Sabogal Murcia, Universidad del Valle

Profesor de la Facultad de Derecho y Ciencia Política de la Universidad del Valle, integrante del Grupo de investigación Derecho, Sociedad y Estado.

Valeria Rivas Rodríguez , Universidad de San Buenaventura

Profesional en Gobierno y Relaciones Internacionales y estudiante noveno semestre del Programa de Derecho, Facultad de Derecho y Ciencias Políticas de la Universidad San Buenaventura, Cali. Miembro del Semillero de “Derecho y Sociedad”.

Referencias bibliográficas

Brown Weiss, E. (1989). In fairness to future generations: International law, common patrimony, and intergenerational equity. Dobbs Ferry, NY: Transnational Publishers. https://doi.org/10.1093/iclqaj/40.1.230

Bustos, M. (2019). El soft law como fuente del derecho administrativo colombiano. Revista Prolegómenos, Vol. 22, No. 44. Universidad Militar Nueva Granada. Bogotá D.C.

Carrillo, Y., & Fortich, I. M. (2018). Teoría y metateoría de la interpretación jurídica: un análisis desde la teoría general del derecho. Saber, Ciencia y Libertad, 13(1), 21-32. ISSN: 1794-7154

Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente Humano. (1972). Declaración de Estocolmo sobre el Medio Ambiente Humano. https://www.ordenjuridico.gob.mx/TratInt/Derechos%20Humanos/INST%2005.pdf

Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo. (1992). Declaración de Río sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo. https://www.un.org/spanish/esa/sustdev/agenda21/riodeclaration.htm

Corte Constitucional. (2016, julio 27). Sentencia C-389. M.P. María Victoria Calle Correa.

Corte Suprema de Justicia. (2018, abril 5). STC4360-2018. M.P. Luis Armando Tolosa Villabona

Duarte-Molina, T. y Parra, M. (2019). Introito al derecho cultural: consideraciones a partir de la tauromaquia. En: Revista Criterios. Cuadernos de Ciencias Jurídicas y Política Internacional, Vol. 12, No. 2. Universidad de San Buenaventura, Bogotá. Bogotá D.C., Colombia. https://doi.org/10.21500/20115733.5019

Ferrer Ortega, L. G., & Ferrer Ortega, J. G. (2008). El problema de fundamentación filosófica de los derechos de las generaciones futuras. Anuario Mexicano De Derecho Internacional, 1(8). https://doi.org/10.22201/iij.24487872e.2008.8.250

Ferrer Ortega, L. (2014). Capítulo Segundo: ¿Cambio de paradigma? En: Ferrer Ortega, L. Los derechos de las futuras generaciones desde la perspectiva del derecho internacional: el principio de equidad intergeneracional. Instituto de Investigaciones Jurídicas. Estudios Jurídicos, Vol. 240. Universidad Nacional Autónoma de México. Ciudad de México.

Gimeno, M. C. (2000). La interpretación jurídica en la obra de Riccardo Guastini. https://www.boe.es/biblioteca_juridica/anuarios_derecho/abrir_pdf.php?id=ANU-F-2000-10030500336_ANUARIO_DE_FILOSOF%C3%8DA_DEL_DERECHO_La_interpretaci%C3%B3n_jur%C3%ADdica_en_la_obra_de_Riccardo_Guastini

Gosseries, A. (2008). On future generations’ future rights. Journal of Political Philosophy, 16(4), 446–474. https://profs-polisci.mcgill.ca/muniz/intergen/Gosseries%20-%20On%20future%20generations'%20future%20rights.pdf

Guastini, R. (2014). Interpretar y argumentar. Centro de Estudios Políticos y Constitucionales.

Hurtado, A. y Duarte-Molina, T. (2016). La materialización de la función interacción-integración del constitucionalismo multinivel en Colombia de conformidad con el Sistema Interamericano de Derechos Humanos. En: Mundo Jurídico, Vol. 1, Núm. 1. Universidad de la Amazonía.

Hoyos, L. (2015). Neoconstitucionalismo ideológico y constitucionalismo multinivel. TEMIS. Bogotá D.C. Colombia.

Jonas, H. (1995). El principio de responsabilidad: Ensayo de una ética para la civilización tecnológica (J. M. Fernández Retenaga, Trad.). Barcelona: Herder. (Trabajo original publicado en 1979).

López, C. (2015) Mutación de los derechos fundamentales por la interpretación de la Corte Constitucional colombiana. Bogotá: Universidad Externado de Colombia.

López-Quiroz, A.. (2014). Generaciones futuras y personalidad jurídica. Díkaion, 23(2), 251-275. https://doi.org/10.5294/DIKA.2014.23.2.3

Lefebvre, H. (1961). Critique de la vie quotidienne II. Fondements d´une sociologie de la quotidienneté. Paris: L´Arche Editeur.

Lefebvre, H. (1989). Le Somme et le reste. París: Méridiens KlincksieckMunévar Quintero, C. A. (2016). Los sujetos de las futuras generaciones: ¿quiénes son los titulares de derechos intergeneracionales ambientales? Opción. Revista de Antropología, Ciencias de la Comunicación y de la Información, Filosofía, Lingüística y Semiótica, Problemas del Desarrollo, la Ciencia y la Tecnología., 32(79), 184-196. ISSN 1012-1587

Mac Farlane, K. (1998). Los derechos humanos de las futuras generaciones. Última Década, No. 8. CIDPA Viña del Mar

Naciones Unidas. (1948). Declaración Universal de Derechos Humanos.

Naciones Unidas. (1992). Declaración de Río sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo. Río de Janeiro: ONU.

Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO). (1997). Declaración sobre las responsabilidades de las generaciones actuales hacia las generaciones futuras. París: UNESCO.

Naciones Unidas. (2015). Transformar nuestro mundo: la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible.

Oliveros, S. (2018). La transmutación implícita en la justiciabilidad de los derechos por la Corte Constitucional colombiana: análisis de los derechos a la consulta previa y al ambiente sano. [Tesis de maestría]. Universidad de San Buenaventura – Cali.

Robles Garza, M. Y. (2010). Los derechos de las futuras generaciones desde la perspectiva de los Derechos Humanos. Jurídica: Anuario del Departamento de Derecho de la Universidad Iberoamericana, No. 40. https://biblioteca.corteidh.or.cr/documento/63443

Rúa, C. y Duarte-Molina, T. (2023). Transición y (re)subjetividad: momentos y dialéctica derecho-conflicto. En: Velásquez, R. y Rúa, C. (Comps.). La paz es posible. La JEP y el rediseño institucional con miras a la reconciliación nacional. Editorial Temis. Bogotá D.C., Colombia.

Sánchez, A. (2012). Las normas de derecho blando. Un análisis jurídico de los efectos de la reserva de instrucción sobre el derecho territorial. Universidad Externado de Colombia.

Vasak, K. (1977). A thirty-year struggle—The sustained efforts to give force of law to the Universal Declaration of Human Rights. UNESCO Courier, 30(11), 29–32. https://heinonline.org/HOL/LandingPage?handle=hein.journals/ljslr7&div=12&id=&page=

Descargas

Publicado

2025-12-10

Cómo citar

Duarte Molina, T. M., Sabogal Murcia, L., & Rivas Rodríguez , V. (2025). Hermeneusis del derecho de las futuras generaciones en la sentencia STC 4360-2018. Revista CES Derecho, 16(3), 21–34. https://doi.org/10.21615/cesder.7992

Número

Sección

Artículos de investigación